miércoles, 3 de mayo de 2017

DEBATE SOBRE LA GESTACIÓN SUBROGADA EN MILLENNIUM



Por fin un debate pausado y serio sobre la gestación subrogada. Es un tema polémico, ciertamente, pero precisamente por eso deberían plantearse las cuestiones con mesura y reflexión, pero, lamentablemente los  foros que he tenido la oportunidad de ver y escuchar no eran sino jaulas de grillos, donde nadie escuchaba a nadie. Sin embargo, todo lo contrario ocurrió con el debate nocturno de Millennium de TVE (@millennium_TVE), moderado por el excelente profesional Ramon Colom(@colomesmatges) que sabe imponer su mesura, ayudado en este caso por la presencia de unos excelentes profesionales, que tenían mucho que aportar a este tema, manteniendo siempre el tono adecuado en un debate que fue muy enriquecedor.

No obstante, tanto por parte de las personas que a favor estaban de la gestación subrogada como por parte de la única que en contra se manifestaba, eché en falta – el tiempo es limitado y el tema inabarcable -que se profundizara sobre las para mí claras diferencias y matices que hay que establecer entre la gestación subrogada y el vientre de alquiler.

Hace tiempo que distingo entre ambos supuestos, ya que entiendo que son muy diferentes: En la gestación subrogada la madre se limita a gestar, es decir accede a que el óvulo fecundado de otra madre que no puede hacerlo, - en suma, no puede desarrollar el embrión en su interior no obstante haberse fecundado el óvulo -, anide en su endometrio (la gestación comienza cuando el óvulo fecundado anida en el endometrio y  ocurre en un período que abarca desde los 7 a los 14 días después de la fertilización, en su medio natural), sirviendo por tanto como mera receptora, para su desarrollo, de un ser distinto a la misma. La carga genética, salvo escasísimos matices, es la de los padres naturales. Sin embargo, el vientre de alquiler tiene un cariz muy distinto: la mujer es fecundada, entiendo que artificialmente – espero – por un progenitor, pero el hijo que va a gestar es completamente suyo, porque el óvulo que se fecunda le pertenece, es en definitiva la madre desde luego desde el punto de vista genético.

Las consecuencias de una y otra son radicalmente distintas. En la gestación subrogada la madre gestante, dejando de lado cuestiones sentimentales evidentes, obvias e innegables, es un tercero. En el vientre de alquiler, la madre gestante es la madre natural y plena, y por tanto se desprende de “su” hijo una vez finaliza la gestación. Matices hay muchos, y más de los que se nos pueden ocurrir, pues la casuística puede ser incontable, pero no deja de ser cierto que en este último supuesto se produce una simple compraventa de un hijo. No nos engañemos, se hace difícil poder pensar en generosidad y altruismo cuando una madre se desprende de su propio hijo, y resulta obvio que se le tiene que dar algo a cambio para que lo haga. Es por ello que estos supuestos se centran sobre mujeres con necesidades económicas y materiales, y es por eso también que este supuesto me parece éticamente incorrecto y rechazable. Se puede plantear también si es éticamente correcto el primer supuesto, el de la gestación subrogada “stricto sensu”, ciertamente, pero a priori la gestación subrogada obedece a su propio nombre y en este caso no acudimos a la compraventa como forma de tener descendencia, (incluso aquí la denominación de vientre de alquiler ampararía más correctamente la realidad), y el cuestionamiento ético sobre si debe o no haber ánimo de lucro en la madre gestante puede y debe plantearse, pero ya hemos acotado claramente el terreno donde establecer tales cuestiones.

 El supuesto que hemos denominado compraventa de niños, puesto que la madre - insistimos, no es meramente gestante, sino que es la madre natural – se ve obligada por contrato a desprenderse de su propio hijo, por necesidad, nos sitúa en el borde del precipicio. Las parejas que acuden a este supuesto conocen de antemano que ese niño tiene una madre natural, - cosa que no ocurre en la gestación subrogada ya que como hemos dicho la madre gestante se limita a ubicarlo en su seno - y resulta difícil y extraño entender que se desprenda del mismo si no es por una necesidad que tiene que ser ajena al orden público, puesto que es objeto del contrato algo que está fuera del comercio de los hombres.

 

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